Empresas deben pagar la Contribución Temporal de Seguridad hasta marzo 2024
El 31 de marzo de 2024 vence el plazo para que todas las sociedades, como los establecimientos permanentes de sociedades extranjeras en el país, realicen el pago de la Contribución Temporal de Seguridad, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica para enfrentar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica.
Detalles de la Contribución:
La Contribución Temporal de Seguridad (CTS) debe ser declarada y pagada por los contribuyentes mencionados si han obtenido ingresos gravados durante el ejercicio fiscal 2022 y han generado una utilidad gravada. La tarifa de esta contribución es del 3,25 % de la utilidad gravada con el impuesto a la renta del año fiscal 2022.
Para el Sector Financiero:
El SRI ha emitido la Resolución que establece los detalles sobre cómo realizar el pago y los procedimientos en caso de incumplimiento de los pagos. Además, la Ley Orgánica para Enfrentar el Conflicto Armado Interno, que ya está en vigencia en el Registro Oficial, establece como fecha máxima de pago el 31 de mayo de 2024 para bancos y cooperativas.
La tabla de contribución para el sector financiero varía en cinco segmentos, incrementándose paulatinamente del 5 % al 25 % de contribución. Esto depende de la utilidad gravada que hayan tenido. Por ejemplo, si un banco tuvo una utilidad gravada de hasta $5 millones, le corresponde el 5 %, mientras que si tuvo una utilidad gravada de más de $100 millones, deberá pagar el 25 %.
Conclusión:
Es crucial que todas las entidades mencionadas cumplan con los plazos establecidos para el pago de la Contribución Temporal de Seguridad y se adhieran a las regulaciones detalladas por el Servicio de Rentas Internas. El no cumplir con estas obligaciones puede resultar en sanciones financieras y legales.
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