Resolución: Procedimientos y requisitos para la exoneración al Impuesto Ambiental Vehicular

La Dirección General del Servicio de Rentas Internas (SRI) mediante la resolución No. NAC-DGERCGC19-00000031, Normar los procedimientos y requisitos para otorgar la exoneración del Impuesto Ambiental a la Contaminación Vehicular
La solicitud de exoneración podrá ser presentada:
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Físicamente en ventanillas
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Electrónicamente, a través del portal web institucional www.sri.gob.ec o los medios electrónicos que la Administración Tributaria establezca
Principales Requisitos Generales:
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Cédula de identidad, pasaporte o carnet de refugiado del propietario del vehículo
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Para personas jurídicas, el nombramiento inscrito en el Registro Mercantil
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Documentos que justifiquen la propiedad e identificación del vehículo:
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Para vehículos nuevos adquiridos en el Ecuador: factura de adquisición
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Para vehículos nuevos importados declaración aduanera de importación
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Para vehículos usados: matrícula del vehículo
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Para vehículos adjudicados mediante remate: acta de remate
4. Acuerdo de responsabilidad y uso de medios electrónicos, suscrito por el sujeto pasivo
Existen requisitos específicos dependiendo de la causal de exoneración.
Las causales son las siguientes:
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Vehículos de entidades y organismos del Estado previstos en el artículo 225 de la Constitución de la República.
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Vehículos destinados al transporte público o transporte comercial.
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Vehículos motorizados de transporte terrestre que estén directa y exclusivamente relacionados con la actividad productiva.
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Vehículos que sean utilizados como ambulancias y como hospitales rodantes.
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Vehículos clásicos.
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Vehículos motorizados destinados al transporte terrestre, previsto en Convenios Internacionales suscritos por el Ecuador y en la Ley sobre Inmunidades, Privilegios y Franquicias Diplomáticas, Consulares y de los Organismos Internacionales.
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Vehículos eléctricos.
Principales Disposiciones Generales
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Los trámites de solicitud de exoneración para el transporte público, los de transporte comercial y de actividad productiva, deberán realizarse en las oficinas del SRI de la jurisdicción provincial donde tenga su domicilio tributario el solicitante conforme la información que conste en el RUC.
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Previo a la solicitud para la aplicación del beneficio de las operadoras de transporte, estas podrán solicitar al SRI la actualización del RUC de todos sus socios a fin de incluir en sus registros la información del título habilitante.