Paraísos fiscalesseptiembre 28, 2017 inContabilidadMediante el Registro Oficial Suplemento 75 del 8 de septiembre del 2017 se agrega condiciones para la consideración de paraísos fiscales.Agréguese el siguiente artículo innumerado en la Ley de Régimen Tributario Interno: Art. (…).- Paraísos fiscales, regímenes fiscales preferentes o jurisdicciones de menor imposición.- Se considerarán como paraísos fiscales aquellos regímenes o jurisdicciones en los que se cumplan al menos dos de las siguientes condiciones:Registro Oficial Suplemento 75, 8 de Septiembre del 2017