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Sociedades podrán cancelar sus contribuciones en DOS cuotas SIN RECARGO

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros en pro de adoptar medidas que sirvan de apoyo a los usuarios, ha emitido la Resolución No. SCVS-INAF-DNF-2020-0007 de 15 de abril de 2020, a través de la cual dispone que, por única vez, las sociedades sujetas a la vigilancia y control de la esta entidad que se encuentren obligadas al pago de la contribución del ejercicio fiscal 2019 pagaderas en el año 2020, podrán efectuar el mismo en dos cuotas, de la siguiente forma: 

a) El 50% del valor de la contribución será cancelado hasta el 30 de septiembre de 2020. 

b) El 50% restante, se pagará sin recargo hasta el 31 de diciembre de 2020.

Sin perjuicio de lo dispuesto, las compañías podrán cancelar el valor total de la contribución del 2019, hasta el 30 de septiembre de 2020.

La información descrita, es de naturaleza general. 

En caso de que requiera información adicional sobre este tema, puede comunicarse con nuestros expertos al correo: legal@rbecuador.com