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Residencia Fiscal y Beneficiario Efectivo en Ecuador: Lo que debes saber

septiembre 12, 2025
in
Asesoría Tributaria

En el ámbito tributario ecuatoriano, dos conceptos resultan claves para personas y empresas: residencia fiscal y beneficiario efectivo. Comprenderlos no solo asegura el cumplimiento de la normativa vigente, sino que también evita sanciones y optimiza la planificación fiscal.

En este artículo te explicamos en detalle qué significan, cómo se determinan y por qué son tan relevantes en Ecuador.

¿Qué es la residencia fiscal en Ecuador?

La residencia fiscal es la condición que determina en qué país una persona natural debe declarar y pagar impuestos sobre su renta mundial. 👉 Esto significa que la residencia fiscal no depende únicamente de dónde se viva, sino también de dónde se generan los intereses económicos y personales más relevantes.

1. Personas Naturales:

Según la Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento, una persona natural es considerada residente fiscal en Ecuador si cumple con alguno de los siguientes requisitos:

2. Permanencia en el país:

  • Si permanece en Ecuador por 183 días o más (consecutivos o no) durante un período fiscal.
  • Si permanece en Ecuador por 183 días o más (consecutivos o no) en un lapso de 12 meses dentro de dos períodos fiscales consecutivos.

3. Residencia en paraísos fiscales:

  • Si declara residencia en un paraíso fiscal o jurisdicción de menor imposición, debe probar que permaneció allí al menos 183 días y que su núcleo principal de actividades o intereses económicos está en esa jurisdicción. De lo contrario, se presumirá su residencia fiscal en Ecuador.

4. Núcleo principal de actividades o intereses económicos:

Se considera que una persona tiene su núcleo principal en Ecuador si:

  • Ha obtenido en los últimos 12 meses el mayor valor de ingresos en Ecuador en comparación con cualquier otro país.
  • El mayor valor de sus activos está en Ecuador.
  • Por presunción cuando posee activos en Ecuador por un valor superior a USD 1 millón, incluyendo derechos representativos de capital en sociedades residentes o establecimientos permanentes, la presunción admite prueba de lo contrario.

5. Vínculos familiares más estrechos:

  • Si no ha permanecido más de 183 días en otro país, se considerará residente fiscal en Ecuador si su cónyuge e hijos dependientes han permanecido más tiempo en Ecuador que en cualquier otro país.

6. Ecuatorianos migrantes:

  • Pueden demostrar su permanencia en otro país mediante un certificado de movimiento migratorio o una certificación consular actualizada.

Sociedades:

Una sociedad es considerada residente fiscal en Ecuador si:

  • Ha sido constituida o creada en territorio ecuatoriano, conforme a la legislación nacional.
  • Una sociedad originalmente constituida en el extranjero adopta una forma societaria ecuatoriana bajo la Ley de Compañías.

Beneficiario Efectivo

De acuerdo con el Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno y la Ley de Creación del Servicio de Rentas Internas, el beneficiario efectivo es:

  • La persona natural que, directa o indirectamente, posee o controla una sociedad.
  • La persona natural en cuyo nombre se realiza una transacción.
  • Quien tiene el poder de controlar, disfrutar o disponer de los ingresos de una sociedad.
  1. Obligaciones:
  • Las sociedades deben identificar y registrar a sus beneficiarios finales en el Reporte de Beneficiarios Finales y de Composición Societaria (REBEFICS).
  • Este registro debe incluir a cada integrante de la cadena de propiedad o control, cumpliendo con estándares internacionales y procedimientos de debida diligencia.
  • La información debe ser actualizada y puede ser compartida con autoridades internacionales bajo acuerdos de asistencia administrativa mutua.

2. Impacto en Operaciones Internacionales

La determinación de residencia fiscal y la identificación de beneficiarios efectivos tienen un impacto significativo en las operaciones internacionales, especialmente en los siguientes aspectos:

3. Evitar la doble tributación:

Ecuador aplica acuerdos internacionales para evitar la doble tributación. Sin embargo, si una persona o sociedad es considerada residente fiscal en Ecuador, deberá pagar impuestos sobre sus ingresos globales, incluso si ya tributó en otra jurisdicción. En estos casos, se permite acreditar los impuestos pagados en el extranjero, pero si la tarifa en Ecuador es mayor, se debe pagar la diferencia.

4. Transparencia fiscal:

La obligación de registrar beneficiarios efectivos y compartir esta información con otras jurisdicciones fortalece la transparencia fiscal y combate la evasión tributaria. Esto afecta a las empresas multinacionales, que deben cumplir con estándares internacionales de reporte y diligencia.

5. Restricciones en paraísos fiscales:

Las personas o sociedades que declaren residencia en paraísos fiscales enfrentan mayores requisitos de prueba para demostrar su residencia y evitar ser gravados en Ecuador. Esto desalienta la planificación fiscal agresiva y el uso de jurisdicciones de menor imposición.

Conclusión:

En resumen, las normativas sobre residencia fiscal y beneficiarios efectivos buscan garantizar que las personas y sociedades tributen de manera justa en Ecuador, mientras que los estándares internacionales de transparencia fiscal afectan directamente las operaciones internacionales, promoviendo el intercambio de información y combatiendo la evasión fiscal.

Contribución de:

René Santamaría | Experto Tributario

Russell Bedford Ecuador

🫱🏻‍🫲🏽En Russell Bedford Ecuador contamos con un equipo experto en asesoría tributaria que puede ayudarte a identificar tu residencia fiscal, declarar a tus beneficiarios efectivos y diseñar estrategias fiscales seguras y eficientes. ¡Contáctanos hoy mismo para una consulta personalizada!

    Tags:
    asesoria tributaria, Beneficiario Efectivo, Residencia Fiscal
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