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Guía sobre Devolución del IVA 2026 | Adultos mayores y personas con discapacidad en Ecuador

marzo 14, 2025
in
Asesoría Tributaria

Devolución del IVA 2026 para Adultos Mayores y Personas con Discapacidad en Ecuador

 

La devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un beneficio tributario que permite a las personas adultas mayores y a las personas con discapacidad recuperar el IVA pagado en la adquisición de determinados bienes y servicios destinados a su uso o consumo personal.

Durante 2026, este beneficio continúa vigente en Ecuador; sin embargo, el Servicio de Rentas Internas (SRI) ha fortalecido los controles y precisado las categorías de gastos que califican para la devolución. Por ello, es importante conocer las condiciones actualizadas antes de presentar una solicitud.

¿Quiénes pueden solicitar la devolución del IVA en 2026?

Pueden acceder a este beneficio:

  • Personas adultas mayores de 65 años o más, ecuatorianas o extranjeras residentes en el país.
  • Personas con discapacidad calificadas por la autoridad competente con un porcentaje igual o superior al establecido en la normativa vigente.
  • Personas sustitutas, cuando corresponda de acuerdo con la legislación aplicable.

El beneficio es personal y únicamente aplica para compras destinadas al consumo propio del beneficiario.

¿Cuál es el monto máximo de devolución del IVA en 2026?

El valor máximo de devolución para personas adultas mayores y para personas con discapacidad, durante 2026 es de USD 144,60 mensuales, calculado sobre el equivalente a dos Salarios Básicos Unificados (SBU) con la tarifa vigente del IVA del 15%.

En el caso de las personas con discapacidad, el monto de devolución se determina de forma proporcional al porcentaje de discapacidad reconocido por la autoridad competente, conforme a la normativa vigente.

Es importante recordar que el SRI devuelve únicamente el IVA efectivamente pagado, hasta el límite permitido por la ley.

Opciones para Realizar el Trámite: La devolución del IVA puede gestionarse de manera presencial o en línea, dependiendo del tipo de comprobantes de venta.

¿Qué compras aplican para la devolución del IVA?

Durante 2026, el SRI ha reforzado la aplicación del beneficio para que únicamente proceda sobre bienes y servicios de primera necesidad destinados al uso personal del beneficiario.

Entre las principales categorías se encuentran:

  • Alimentación.
  • Salud.
  • Vestimenta.
  • Educación.
  • Vivienda y determinados materiales para construcción o adecuación de vivienda, según corresponda.

En cambio, ciertos gastos que anteriormente eran presentados para devolución, como combustible o planes de telefonía celular, ya no forman parte de las categorías reconocidas por el sistema para este beneficio.

Requisitos para solicitar la devolución

Para acceder al beneficio, el solicitante debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Contar con una cuenta bancaria registrada en el SRI.
  • Disponer de comprobantes de venta válidos, preferentemente facturas electrónicas.
  • Que las compras correspondan al consumo personal del beneficiario.
  • Presentar la solicitud mediante los canales habilitados por el SRI.

Además, el Servicio de Rentas Internas verifica la validez de las facturas y que las compras correspondan a las categorías permitidas antes de aprobar la devolución.

¿Cómo solicitar la devolución del IVA?

Actualmente, el trámite puede realizarse a través de SRI en Línea, siguiendo estos pasos:

  1. Ingresar al portal del SRI: www.sri.gob.ec con usuario y contraseña. 
  2. Acceder al módulo de devoluciones.
  3. Seleccionar la opción de devolución del IVA.
  4. Verificar la información de las facturas registradas.
  5. Confirmar la solicitud y enviarla.

También es posible acumular varios períodos en una misma solicitud, siempre que los comprobantes no hayan sido utilizados anteriormente.

Recomendaciones para evitar rechazos en la devolución de impuestos

Para agilizar el proceso y evitar observaciones del SRI, se recomienda:

  • Solicitar siempre facturas a nombre del beneficiario.
  • Verificar que los comprobantes electrónicos se encuentren correctamente emitidos.
  • Revisar que las compras pertenezcan a las categorías autorizadas.
  • Mantener actualizada la información bancaria registrada en el SRI.

Trámite Presencial (Facturas Físicas)

Para quienes opten por la vía presencial, se requiere:

  • Cédula de identidad original.
  • Formulario de solicitud de devolución de IVA para adultos mayores, disponible en www.sri.gob.ec. Para descargarlo, acceda a ‘Información sobre impuestos’ > ‘¿Cómo solicito la devolución de mis impuestos?’ > ‘Devolución de impuestos’ > ‘Devolución del IVA’ > ‘Adultos mayores’. Luego, seleccione ‘Formatos y guías’ y descargue el formulario correspondiente.
  • Comprobantes de venta originales emitidos a nombre del beneficiario.

Trámite Virtual (Facturas Electrónicas):

Para la devolución de IVA mediante comprobantes electrónicos, siga estos pasos:

  1. Obtener la clave de acceso al sistema en línea del SRI. Si aún no cuenta con una, acuda a una agencia del SRI con su cédula de identidad.
  2. Ingresar a www.sri.gob.ec y seleccionar la opción ‘Devolución de IVA Adultos Mayores’.
  3. Escoger los comprobantes de venta electrónicos y enviar la solicitud.
  4. Verificar el estado de la solicitud 24 horas después, utilizando el número de trámite asignado.
  5. Confirmar la acreditación del monto en la cuenta bancaria registrada.

Preguntas frecuentes:

¿La devolución del IVA fue eliminada en 2026?

No. El beneficio continúa vigente para adultos mayores y personas con discapacidad. Lo que cambió fue la forma en que el SRI clasifica y controla las compras que califican para la devolución.

¿Cuál es el tiempo de respuesta del SRI?

Una vez presentada la solicitud, el SRI procesa la información y, de cumplir con los requisitos establecidos, realiza la acreditación correspondiente conforme a los plazos previstos en la normativa vigente.

¿Puedo presentar varias solicitudes?

Sí. Es posible presentar solicitudes adicionales para un mismo período cuando existan nuevos comprobantes que no hayan sido utilizados anteriormente y exista saldo disponible para devolución.

Devolución del IVA para Personas con Discapacidad

Las personas con discapacidad también pueden acceder a la devolución del IVA de manera proporcional a su grado de discapacidad, conforme al siguiente cuadro:

Por ejemplo, una persona con un 40% de discapacidad puede solicitar hasta el 60% del monto máximo de devolución (USD 141), lo que equivale a USD 84,60 mensuales.

Consideraciones Finales

Es importante recordar que la devolución del IVA se aplica únicamente a bienes y servicios de primera necesidad y destinados al uso personal del beneficiario. Además, la solicitud debe presentarse dentro del plazo de cinco años desde la fecha de emisión del comprobante de venta.

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    Tags:
    asesoria tributaria, devolucion de impuestos, IVA
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