Anticipo del Impuesto a la Renta 2026 | Pago de la segunda cuota en Ecuador
Si tu empresa o actividad económica está obligada a pagar el Anticipo del Impuesto a la Renta en Ecuador, septiembre es un mes clave: es cuando vence la segunda cuota de esta obligación ante el Servicio de Rentas Internas (SRI). En este artículo te explicamos qué es el anticipo, quién debe pagarlo, cuándo vence la segunda cuota en 2026 y, sobre todo, cómo calcularlo correctamente para evitar recargos, intereses o pagos en exceso.
¿Qué es el Anticipo del Impuesto a la Renta?
El Anticipo del Impuesto a la Renta es un valor que ciertos contribuyentes deben pagar por adelantado al SRI, a cuenta del Impuesto a la Renta que se liquidará el siguiente año fiscal. Su base legal se encuentra en el artículo 41 de la Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI) y su reglamento.
En la práctica, funciona como un “adelanto” calculado sobre los resultados del ejercicio fiscal anterior (2025), y se paga en dos cuotas durante el año en curso (2026): una en julio y otra en septiembre. El valor pagado se descuenta posteriormente del Impuesto a la Renta que se liquide en la declaración del ejercicio 2026, que se presenta en 2027.
¿Quiénes están obligados a pagar el anticipo?
El SRI distingue dos grupos de contribuyentes, cada uno con una fórmula de cálculo distinta:
- Personas naturales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidad, y organizaciones de la economía popular y solidaria
Pagan un valor equivalente al 50% del Impuesto a la Renta causado en el ejercicio anterior, menos las retenciones en la fuente que les fueron practicadas en ese mismo período.
- Sociedades, y personas naturales y sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad
Calculan el anticipo sobre una fórmula que combina activos, patrimonio, ingresos y gastos del ejercicio anterior (ver fórmula detallada más abajo).
Importante: si en la declaración del ejercicio anterior el anticipo calculado dio como resultado cero, o si el contribuyente no tuvo actividad económica, no existe obligación de pagar cuotas.
Segunda cuota del Anticipo 2026: fecha de vencimiento
La segunda cuota del Anticipo del Impuesto a la Renta 2026 se paga en septiembre de 2026, y al igual que la mayoría de las obligaciones del SRI, el día exacto depende del noveno dígito del RUC o cédula del contribuyente.
Si la fecha que te corresponde cae en sábado, domingo o feriado nacional, el plazo se traslada automáticamente al siguiente día hábil, salvo que ese corrimiento empuje el pago al mes siguiente; en ese caso, debe cumplirse el último día hábil de septiembre.
Recomendación: confirma siempre tu fecha exacta en el calendario oficial de sri.gob.ec, ya que el SRI puede establecer plazos diferenciados para contribuyentes especiales, entidades del sector público o domiciliados en Galápagos.
¿Dónde y cómo se paga la segunda cuota?
El pago del anticipo se declara y liquida a través del Formulario 106 (Formulario Múltiple de Pagos), disponible en el portal en línea del SRI (SRI en Línea), utilizando el usuario y clave del contribuyente. El pago puede realizarse mediante débito bancario, convenio con instituciones financieras autorizadas u otros medios habilitados por el SRI.
¿Qué pasa si no pago la segunda cuota a tiempo?
El incumplimiento en el pago del anticipo genera:
- Intereses de mora tributaria calculados sobre el valor adeudado, desde la fecha de vencimiento hasta la fecha de pago efectivo.
- Posibles recargos si el SRI determina que el valor declarado fue inferior al que correspondía.
- Riesgo de notificaciones y procesos de cobro coactivo en caso de mora prolongada.
Por eso es clave verificar el cálculo con anticipación y no dejar el pago para el último día del plazo.
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