Cambios tributarios en Ecuador desde enero del 2025
En Ecuador, Las modificaciones fiscales que comenzarán a aplicarse el 1 de enero de 2025 son de importancia tanto para las personas naturales como para las empresas y sectores específicos.Actualmente, los impuestos representan el 41% de sus ingresos anuales, lo que significa que más de 4 de cada 10 dólares ganados se destinan al pago de impuestos al Gobierno Central. Además, no se incluyen las tasas e impuestos locales. Por ello, es crucial estar informado sobre los cambios fiscales que entrarán en vigencia el 1 de enero de 2025, para estar preparado y ajustar las finanzas personales o empresariales a las nuevas regulaciones. A continuación, se detallan los cinco cambios más relevantes que los contribuyentes deben conocer:
Nuevo monto de exoneración del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD)
Desde el 1 de enero de 2025, los consumos y retiros realizados desde el exterior hasta un monto anual de $5.188,26 estarán exentos del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), según la resolución emitida por el Servicio de Rentas Internas (SRI). Este beneficio será válido hasta el 31 de diciembre de 2027, y se aplica a los pagos efectuados con tarjetas de crédito o débito.
Cabe destacar que el ISD tiene una tarifa del 5% desde abril de 2024, tras un aumento del 3.5% anterior. Además, se mantendrán exentos del ISD ciertos pagos, como aquellos por concepto de estudios en el exterior o el dinero en efectivo que los viajeros lleven al salir del país hasta un monto equivalente a tres salarios básicos unificados (en 2025, $1.410).
Extinción de deudas tributarias pequeñas con el SRI
Otra medida importante es la extinción de deudas tributarias por montos que no superen los $460. Esto se enmarca dentro de la Ley de Alivio Financiero, la cual entró en vigencia el 9 de diciembre de 2024. El SRI procederá a la condonación de las deudas, incluyendo tributos, intereses y multas, para aquellos contribuyentes que hayan estado en mora por más de un año.
Esta medida afectará aproximadamente a 120.000 contribuyentes, lo que implica un costo de alrededor de $8 millones para el fisco. Además, se incluye la condonación de impuestos para los contribuyentes bajo el Régimen Impositivo Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe), correspondiente a los ejercicios fiscales 2022 y 2023.
Nueva tabla para el Impuesto a la Renta
Para el ejercicio fiscal de 2025, el SRI ha actualizado las tablas del Impuesto a la Renta (IR) para personas naturales, con base en la variación de la inflación a noviembre de 2024. Ahora, las personas naturales con ingresos anuales superiores a $12.081 estarán obligadas a declarar el impuesto. El rango exento se ha incrementado en $179 respecto al año anterior. Las nuevas tarifas varían desde un 5% hasta un 37%, dependiendo de los ingresos anuales, lo que representa un ajuste significativo en la tributación para las personas naturales. También se actualizaron los rangos del impuesto a las herencias y donaciones.
Nuevas reglas para operadoras de pronósticos deportivos
Desde el 1 de julio de 2024, los operadores de pronósticos deportivos comenzaron a pagar un impuesto único sobre sus ingresos con una tarifa del 15%. Un cambio relevante que entrará en vigor en 2025 es que los operadores, tanto residentes como no residentes, ya no necesitan tener el Registro Único de Contribuyentes (RUC) del SRI, sino que deben obtener una licencia emitida por el Ministerio del Deporte. Esta licencia, con una vigencia de cinco años, tendrá un costo de 655 salarios básicos unificados (aproximadamente $307.850 en 2025). Además, las operadoras deben ajustar sus sistemas para cumplir con las nuevas regulaciones, incluyendo la definición de “bono” y “cuenta de juego” para los jugadores.
Medidas adicionales sobre la tributación de pronósticos deportivos
El Decreto Ejecutivo 487 establece que los operadores deben pagar la licencia para operar dentro de los primeros 20 días del ejercicio fiscal, bajo pena de sanciones y bloqueos. Además, se precisa que las entidades operadoras de pronósticos, aunque se constituyan como entidades sin fines de lucro, estarán sujetas al Impuesto a la Renta. Estas medidas son parte de los esfuerzos por regular y controlar el sector de los pronósticos deportivos en Ecuador, en consonancia con la legislación fiscal vigente.
Conclusión
Los cambios fiscales que entrarán en vigencia el 1 de enero de 2025 son relevantes tanto para las personas naturales como para las empresas y sectores específicos. Los contribuyentes deberán estar atentos a estas modificaciones para cumplir con las obligaciones tributarias y aprovechar las exoneraciones y beneficios disponibles. La actualización de las tablas del Impuesto a la Renta, la exoneración del ISD, y las nuevas normativas para las operadoras de pronósticos deportivos marcan un nuevo panorama tributario en Ecuador.
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