Cambios del Anexo Retención Bajo Relación de Dependencia | Entrega 2024
El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha implementado cambios significativos en el Anexo de Retenciones en la Fuente Bajo Relación de Dependencia (RDEP), lo cual impacta directamente en los contribuyentes y empleadores. Estas modificaciones han generado la necesidad de comprender en detalle los ajustes y plazos de presentación que ahora rigen esta importante declaración tributaria. En este artículo, exploraremos los principales cambios introducidos por el SRI en el Anexo RDEP:
¿Cuáles son las principales novedades del Anexo RDEP para el año 2023?
- Se incorpora la obligación de informar las retenciones en la fuente por concepto de aportes personales al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
- Se establece la obligación de informar las retenciones en la fuente por concepto de aportes personales al Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA) y al Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL).
- Se establece la obligación de informar las retenciones en la fuente por concepto de aportes personales al Fondo de Cesantía del Magisterio (FCM).
- Se establece la obligación de informar las retenciones en la fuente por concepto de aportes personales al Fondo de Pensiones de las Fuerzas Armadas (FPFA) y al Fondo de Pensiones de la Policía Nacional (FPPN).
- Se establece la obligación de informar las retenciones en la fuente por concepto de aportes personales al Instituto de Seguridad Social de la Asamblea Nacional (ISSAN).
- Se establece la obligación de informar las retenciones en la fuente por concepto de aportes personales al Instituto de Seguridad Social de la Función Legislativa (ISSFL).
- Se establece la obligación de informar las retenciones en la fuente por concepto de aportes personales al Instituto de Seguridad Social de la Contraloría General del Estado (ISSCGE).
- Se establece la obligación de informar las retenciones en la fuente por concepto de aportes personales al Instituto de Seguridad Social de la Defensoría del Pueblo (ISSDP).
- Se establece la obligación de informar las retenciones en la fuente por concepto de aportes personales al Instituto de Seguridad Social de la Procuraduría General del Estado (ISSPGE).
Plazo de presentación del Anexo RDEP y cómo se realiza:
El plazo de presentación del Anexo RDEP para el año 2023 depende del noveno dígito del RUC del empleador. El plazo máximo de presentación es el 7 de febrero de 2024, pero varía según el noveno dígito del RUC, como se indica a continuación:
Noveno dígito del RUC 1 | hasta el 23 de enero de 2024 |
Noveno dígito del RUC 2 | hasta el 25 de enero de 2024 |
Noveno dígito del RUC 3 | hasta el 29 de enero de 2024 |
Noveno dígito del RUC 4 | hasta el 30 de enero de 2024 |
Noveno dígito del RUC 5 | hasta el 31 de enero de 2024 |
Noveno dígito del RUC 6 | hasta el 1 de febrero de 2024 |
Noveno dígito del RUC 7 | hasta el 2 de febrero de 2024 |
Noveno dígito del RUC 8 | hasta el 5 de febrero de 2024 |
Noveno dígito del RUC 9 | hasta el 6 de febrero de 2024 |
Noveno dígito del RUC 0 | hasta el 7 de febrero de 2024 |
La presentación del Anexo RDEP se realiza a través del portal web del SRI, utilizando la clave de acceso del empleador. El Anexo RDEP debe ser presentado de forma electrónica, en formato XML, y debe ser firmado digitalmente por el empleador o su representante legal.
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