Ampliación de plazos para declaraciones y anexos tributarios en Ecuador

El Servicio de Rentas Internas (SRI) del Ecuador emitió la Resolución Nro. NAC-DGERCGC25-00000020 el 13 de agosto de 2025, mediante la cual amplía de forma excepcional los plazos para la presentación de declaraciones y anexos tributarios que originalmente vencían el 12 de agosto de 2025.
Esta medida responde a intermitencias tecnológicas en la plataforma del SRI que impidieron el cumplimiento oportuno de estas obligaciones.
¿Por qué el SRI amplió los plazos?
Según el documento oficial, las fallas tecnológicas constituyen un caso de fuerza mayor o caso fortuito, lo que habilita legalmente al SRI a extender los plazos. De esta manera, los contribuyentes afectados podrán presentar sus declaraciones y anexos sin generar multas ni intereses por mora.
Nuevas fechas de presentación según el RUC
La resolución establece un nuevo calendario en función del último dígito del RUC:
- Del 19 al 21 de agosto de 2025: Plazo para contribuyentes regulares, según la terminación de su RUC.
- Hasta el 15 de agosto de 2025: Plazo para contribuyentes especiales.
Aspectos clave de la resolución
- No devolución de pagos anteriores
Los pagos efectuados en las fechas originales —incluyendo multas o intereses— no serán devueltos, ya que se consideran realizados bajo las obligaciones vigentes en ese momento.
- Obligaciones tributarias vigentes
El SRI recuerda que todos los contribuyentes y agentes de retención deben presentar y pagar impuestos mensualmente, de acuerdo con la ley y los reglamentos.
En el caso del IVA, la declaración debe realizarse mensualmente según el último dígito del RUC, dentro del mes siguiente a las operaciones.
- Entrada en vigor
La resolución rige desde su publicación en el Registro Oficial y debe ser acatada por todas las áreas del SRI encargadas de la recaudación, determinación y control.
Importancia de cumplir con los plazos tributarios
Aunque en esta ocasión se haya otorgado una ampliación excepcional, es fundamental que las empresas y personas naturales mantengan una planificación tributaria eficiente para evitar sanciones, intereses y complicaciones administrativas.
Contar con un equipo de expertos tributarios garantiza que se cumpla con todas las normativas vigentes y se aprovechen correctamente las excepciones que la ley permite.
Conclusión
La Resolución NAC-DGERCGC25-00000020 representa una medida de alivio temporal para los contribuyentes ecuatorianos afectados por las fallas tecnológicas del SRI. Sin embargo, el cumplimiento oportuno y correcto de las obligaciones fiscales sigue siendo esencial para evitar problemas futuros.
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