Agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado
![](https://russellbedford.com.ec/wp-content/uploads/2021/09/Noticias-Tributarias-Final-e1631222586826.jpg)
Noticias Tributarias | Mediante resolución No. Nro. NAC-DGERCGC21-00000039, podrán presentar la declaración de Impuesto al Valor Agregado del mes de agosto de 2021 hasta el 20 de septiembre del 2021 los calificados como agentes de retención del 100% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a través del artículo 2 de la Resolución Nro. NAC-DGERCGC21-00000037 y que, adicionalmente, se encuentren calificados por el Servicio de Rentas Internas como contribuyentes especiales, estos son:
a) Las entidades y organismos del gobierno central, sus órganos desconcentrados y sus empresas públicas, en los términos previstos en el artículo 2 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva;
b) Las entidades y organismos de los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales rurales, cantonales, metropolitanos y provinciales, incluidos sus órganos desconcentrados y sus empresas públicas; y,
c) Las universidades y escuelas politécnicas del país, públicas y privadas.
Si Usted requiere más información o asesoría respecto al tema, puede escribirnos al correo: info@rbecuador.com