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PROCEDIMIENTO Y REQUISITOS PARA LA DEVOLUCIÓN DEL IVA

Si usted es un contribuyente que presta servicios en el exterior y el monto de sus exportaciones netas anuales es igual o superior al 25% del total de sus ventas y ha realizado por lo menos 6 exportaciones en 6 diferentes meses, usted podría solicitar la devolución del IVA pagado y retenido en la importación o adquisición local de bienes, insumos, servicios y activos fijos, necesarios para la prestación y comercialización del servicio.

Aquí le presentamos los requisitos y el procedimiento a seguir:

Es importante considerar que para efectos tributarios se considera una exportación de servicios las operaciones que cumplan con los siguientes requisitos

  • Que el exportador esté domiciliado o sea residente en el país
  • Que el usuario o beneficiario del servicio no esté domiciliado o no sea residente en el país
  • Que el uso, aprovechamiento o explotación de los servicios por parte del usuario o beneficiario tenga lugar íntegramente en el extranjero, aunque la prestación del servicio se realice en el país; y,
  • Que el pago efectuado como contraprestación de tal servicio no sea cargado como costo o gasto por parte de sociedades o personas naturales que desarrollen actividades o negocios en el Ecuador.

Así también existen límites para esta devolución.

  • Será objeto de devolución, el Crédito Tributario declarado por el sujeto pasivo; o el 12% de las exportaciones netas del servicio. El menor entre estos dos valores.
  • En el caso de IVA pagado por adquisición de activos, el valor objeto de devolución será la porción que representen las exportaciones contra las ventas totales realizadas en los últimos 6 meses, precedentes al periodo solicitado.

Determinados estos valores, se debe considerar de manera adicional el ingreso neto de divisas. Esto es el porcentaje de dinero que ingresa al país en relación con el total de las exportaciones de servicios realizadas.

El ingreso neto de divisas deberá transferirse desde el exterior a una cuenta de una institución financiera local del solicitante de la devolución.

La fórmula es la siguiente:

 Los requisitos previos a solicitar la devolución son los siguientes:

  • Encontrarse inscrito en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) con estado activo
  • Ser considerado como exportador de servicios,
  • Ser considerado exportador habitual
  • Cumplir todas las formalidades aduaneras relacionadas al perfeccionamiento de las importaciones definitivas, cuando corresponda
  • El exportador deberá demostrar el ingreso neto de divisas al país
  • No realizar actividad petrolera en lo referente a la extracción, transporte y comercialización de petróleo crudo, ni a otra actividad relacionada con recursos no renovables, excepto en exportaciones mineras.
  • No haber prescrito el derecho a la devolución del IVA por el período solicitado
  • Haber declarado el IVA y registrado el valor referente a la exportación de servicios y al crédito tributario,
  • Haber presentado el anexo transaccional simplificado, correspondiente al período sobre el cual se presentan adquisiciones, y se solicitará la devolución del IVA.

Las devoluciones de estos valores serán acreditadas únicamente a través de Notas de Crédito Desmaterializadas.

Si está interesado en realizar esta solicitud de devolución, no dude en contactarnosNuestro equipo le ayudará a preparar toda la información probatoria necesaria para lograr la devolución.