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Cálculo de la base imponible del ICE de perfumes

Precios referenciales para el cálculo de la base  imponible  del  ICE  de  perfumes  y  aguas  de  tocador

Mediante resolución N° NAC-DGERCGC19-00000057, el Servicio de Rentas Internas establece los precios referenciales para el cálculo de la base  imponible  del  Impuesto  a  los  Consumos Especiales  (ICE)  de  perfumes  y  aguas  de  tocador, comercializados  a  través  de  venta  directa,  para  el período fiscal 2020.

Los precios referenciales deberán  calcularse  por  cada  producto,  incrementando  al precio ex aduana – en el caso de bienes importados – y, a los costos totales de producción – en el caso de bienes de fabricación  nacional  –  los  porcentajes  detallados  en  la siguiente tabla:

Rango de precio ex- aduana o costos totales de producción de producto en USD    % de incremento
DESDEHASTA 
1,50150%
1,513,00180%
3,016,00240%
6,01En adelante300%

Es importante considerar que en  los  costos  totales  de  producción  de  los  bienes  de fabricación nacional se incluirán materias primas, mano de obra directa y los costos y gastos indirectos de fabricación.

Los pagos por concepto de regalías calculados en función de volumen, valor o monto de ventas que no superen el 5% de dichas  ventas,  no  se  considerarán  costos  o  gastos  de fabricación; en caso de que estos pagos superen dicho porcentaje, el mencionado valor será incorporado a los costos totales de producción.

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